I. Queda prohibida toda forma de soborno y corrupción

Actualmente, el soborno se produce cuando se proporcionan directa o indirectamente beneficios (cosas de valor) a personas, incluidos funcionarios públicos, socios empresariales, clientes o posibles clientes para su beneficio personal, con el fin de influir en acciones o decisiones relativas a sus cargos oficiales o de la empresa. Los empleados de Petroalianza tienen la responsabilidad de reconocer las alertas indicadoras de un posible caso y responder siguiendo lo establecido en esta política.

Las leyes en vigor prohíben el soborno y la corrupción tanto a los funcionarios públicos como a las personas privadas. Al tratar con funcionarios públicos, los empleados de PetroAlianza deben prestar especial atención, ya que las consecuencias en casos de corrupción relacionados con el sector público pueden ser especialmente duras para la empresa.

Al respecto, es necesario tener en cuenta que “cosas de valor” es un concepto amplio, y pueden incluir dinero en efectivo, equivalentes de efectivo (por ejemplo, tarjetas de regalo), comidas, entretenimiento, viajes, obsequios, empleo, contratos, servicios en especie, tales como la realización de trabajos de reparación en el domicilio particular de alguien, o cualquier otro tipo de bienes o servicios con valor económico tangible.

Son susceptibles de promover prácticas corruptas los funcionarios públicos, entre los que se incluyen: Jefes de Estado, ministros y otros cargos políticos; funcionarios civiles; otros empleados contratados a tiempo completo o parcial por el gobierno; ciudadanos privados con algún cargo público; personal de seguridad (militares, policías, agentes de inteligencia); jueces y legisladores; directoresy empleados de empresas estatales o controladas por el Estado, empleados instituciones públicas incluidas universidades, laboratorios, hospitales y similares.

El Comité de Auditoría está compuesto por: Gerente General de División, Gerente de Administración y Finanzas, Gerente de Control y Gestión, Gerente de Seguridad Física, Gerente de Recursos Humanos y Gerente Legal, los cuales se encargarán de cumplimiento, investigación, difusión a los colaboradores y/o terceras personas. Los deberes y responsabilidades del Comité son los siguientes: Hacer cumplir las políticas y programas anticorrupción Imponer las sanciones disciplinarias y administrativas. Realizar las Investigaciones cuando se sospeche o se reciba denuncia de sobornos, pagos excesivos que no posean justificación y no se encuentren asentados en el los libros contables. Realizar las denuncias ante los organismos oficiales del estado. Difundir las políticas y programas de anticorrupción.